El paquete aprobado por el Consejo de Ministros también establece medidas de gestión y de apoyo a los abastecimientos y regadíos situados en las zonas afectadas por la sequía en el año 2023.

  • Medidas de apoyo a través del seguro agrario:
    • Incremento de la subvención concedida por ENESA en las pólizas contratadas que tienen cubierto el riesgo de sequía hasta alcanzar el 70% de la prima. Para aquellas líneas de seguro con contratación entre el 1/09/2022 y a fecha del RD haya finalizado.Se aplica a todas las pólizas contratadas en la línea de olivar, con cobertura de sequia en vigor, independientemente de la fecha de contrato.
    • En concreto se aplicará a las pólizas que se han contratado en las siguientes líneas: cultivos herbáceos extensivos, olivar, uva de vinificación, almendro, avellano, kiwi, endrino, así como en la alfalfa de secano, remolacha azucarera y maíz forrajero.
  • Ayudas a sectores ganaderos:
    • Subvención directa a los productores de leche y carne por el incremento de los costes de producción. Beneficiarios: personas físicas y jurídicas productores de carne de vacuno, ovino y de caprino y los productores de leche de vaca, oveja y cabra que: 1- hayan sido titulares de ayudas asociadas a la ganadería con base en la PAC 2022 y; 2- titulares de explotaciones bovino, ovino y caprino de alta en el REGA. La cuantía de las ayudas a percibir se establece en función de varias zonas de afección (cada CCAA está en una zona de afección).
    • Las ayudas se concederán de oficio por el FEGA.
  • Ayudas directas al sector apícola:
    • Subvención directa por la pérdida de ingresos derivada de la disminución de la producción. Se gestionarán a través de las CCAA. Cuantía Comunitat Valenciana: 646.750€. Beneficiarios: apicultores trashumantes y profesionales: titulares a 1/1/2023 de explotaciones inscritas en el REGA con el tipo de explotación trashumante como sistema productivo. Censo igual o superior a 150 colmenas.
    • Ayuda en función del tamaño de la explotación:
      • a) De 150 a 450 colmenas: 825 euros.
      • b) De 451 a 1.000 colmenas: 1.650 euros.
      • c) Más de 1.001 colmenas: 2.200 euros.
  • Ayudas directas a sectores agrícolas: ayudas por el incremento de costes:
    • Beneficiarios: personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones agrarias
    • El Ministerio determinará las cuantías, zonas y cultivos afectados según se compruebe la incidencia de los perjuicios.
    • El número de hectáreas de cada beneficiario se determinará de oficio por el Ministerio y corresponderá a la superficie determinada de los sectores que se haya utilizado para el cobro en la campaña 2023 de las ayudas directas de la PAC.
  • Medidas de apoyo a la financiación del sector agrario:
    • Mejoras de las condiciones de financiación del sector agrario mediante línea ICO para la bonificación de operaciones de financiación formalizadas a través de entidades financieras: 15% del principal del préstamo o 15.000€ en ayudas acumuladas para operaciones de un mismo cliente.
    • Actuaciones en relación con la financiación de avales en explotaciones agrarias.
  • Exención del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica:
    • Exención de la cuota del IBI del ejercicio 2023 a favor de los bienes inmuebles propiedad de titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas y que estén afectos al desarrollo de tales explotaciones, siempre que los titulares hayan sufrido en el ejercicio 2023 una reducción del rendimiento neto de las actividades agrarias de al menos 20% con respecto a la media de los 3 últimos años en zonas con limitaciones naturales o específicas.
    • Los que hayan satisfecho este impuesto y cumplan los requisitos podrán solicitar la devolución.
  • Medidas en relación con la PAC:
    • Año 2023 presentación solicitudes hasta el 15/06/2023.Plazo para modificaciones hasta 30/06/2023.
    • Plazo hasta el 08/09/2023 como fecha límite para adaptar las parcelas agrarias de la SU en relación a las intervenciones monitorizadas. Esta fecha tb será limite para la retirada total o parcial de las solicitudes de ayuda por parte de los agricultores.
  • Medidas en relación con el CUE: se aplaza hasta 2025
  • Medidas en materia laboral y de SS
    • Prórroga hasta el 31/12/2023 de la reducción del número mínimo de jornadas reales para acceder al subsidio por desempleo o renta agraria en Andalucía y Extremadura.
    • Aplazamiento en el ingreso de cuotas de la SS por los conceptos de recaudación conjunta.
  • Medidas en materia de aguas (Sólo para CH Guadalquivir, Ebro y Duero).
  • Modificación TRLA en relación con la reutilización de las aguas.

Para más información: CONSULTA INFORMACIÓN DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA

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